El nuevo reglamento exige una revisión de cada caldera de cada dos años, anteriormente había que revisarla obligatoriamente una vez al año. Mientras que los aparatos de aire acondicionado, se someterán a una inspección cada cuatro años.

Estos son algunos de los cambios más importantes en el reglamento: Calderas murales a gas, pasarán revisión cada 2 años (que ya ocurría en el País Vasco), calentadores de agua (con potencia inferior a 24,5 kW), revisión cada 5 años. Otro tipo de calderas (de gasóleo): una vez al año. Por otro lado, los equipos de aire acondicionado serán revisados una vez cada 4 años.

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